
¿Qué requisitos debe cumplir una vivienda con fines turísticos en Andalucía?
-Debe de estar ubicada en suelo residencial y disponer de licencia de primera ocupación.
-La vivienda no puede alquilarse más de dos meses seguidos a la misma persona
-Puede alquilarse completa o por habitaciones, siendo en este último caso requisito obligatorio que el propietario de la vivienda este empadronado en la misma.
En ningún caso, ya se alquile completa o por habitaciones, debe superar las 4 plazas por habitación
-Disponer de licencia de primera ocupación
-Las habitaciones deben tener ventilación directa al exterior o a patios
-Deben de estar suficientemente amuebladas y estar dotadas de todos los aparatos y enseres que sean necesarios.
-En los meses de mayo a septiembre deberán de tener aparatos de refrigeración fijos en los salones y habitaciones y en los meses de octubre a abril deberán contar con calefacción.
-Disponer de información turística y de los servicios médicos de la zona, puede ser en soporte físico como electrónico.
-Botiquín de primeros auxilios.
-Disponer de hojas de reclamaciones y cartel que lo anuncie, debe estar en un lugar visible.
-Ropa de cama, lencería y menaje.
-Limpieza de la vivienda a la entrada y salida de los clientes.
-Facilitar el número de teléfono a los clientes para poder atender cualquier duda o problema que les pueda suceder
Equipamiento de una propiedad para uso de alquiler temporal
El alquiler de temporada, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, no establece un nivel de equipamiento concreto, pero sí exige que la vivienda sea apta para el uso pactado.
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Fin de la "Golden Visa" en España: ¿Qué implica para el mercado inmobiliario?
El pasado 3 de abril marcó un hito en el mercado inmobiliario español: la eliminación de la "Golden Visa", el visado de residencia por inversión. Esta medida, que permitía a extranjeros obtener la residencia al invertir en propiedades por un valor mínimo de 500.000 euros, ha generado debate sobre su